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El Observatorio de los Digicanvis: comparte e inspira a otros ayuntamientos
El Sistema de Aplicaciones y Redes para las Administraciones (SARA) es un conjunto de infraestructuras tecnológicas, gestionadas por el Ministerio de Administraciones Públicas (MAP), que permite la comunicación entre las diferentes administraciones, sirve de base de intercambio de aplicaciones de uso común y facilita el acceso a servicios sectoriales o específicos puestos a disposición por los distintos organismos.
El Consorci AOC en relación a SARA actúa como nodo neutro autorizado para ofrecer a las administraciones catalanas:
Servicios de infraestructura para el acceso a los servicios finalistas que ofrecen los organismos de la Administración General del Estado
Acceso a los servicios de intercambio de datos y certificados telemáticos como los de la Agencia Tributaria, de la Seguridad Social y la verificación de datos de identidad y residencia que recientemente han sido regulados mediante órdenes ministeriales.
Como ejemplo de las órdenes ministeriales que mencionábamos en el párrafo anterior, encontramos dos de finales de diciembre de 2006 por las que se establecía la configuración, características, requisitos y procedimientos de acceso a los sistemas de verificación de datos de identidad y residencia.
En cuanto al sistema de verificación de datos de residencia, la orden establece que no se podrá exigir la aportación de certificados de empadronamiento (a excepción de algunos supuestos establecidos en el Real Decreto 523/2006, de 28 de abril) en los procedimientos que deba enviar y resolver la Administración General del Estado o sus organismos vinculados o dependientes.
Por otra parte, el sistema que utilizarán las administraciones para comprobar la identidad de cada ciudadano implica que, con su entrada en vigor el día 1 de enero de este año, los ciudadanos ya no necesitan adjuntar una fotocopia de su Documento Nacional de Identidad (DNI) cuando vayan a tramitar con la Administración General del Estado o sus organismos vinculados o dependientes ni los extranjeros requerirán de los documentos acreditativos de su identidad.
Por tanto, a partir de ahora será el propio ente ante el que se solicita el trámite el encargado de comprobar de oficio la identidad del interesado, que deberá dar su consentimiento. La consulta siempre se realizará siguiendo el marco legislativo establecido por la Ley Orgánica de protección de datos de carácter personal.
La entrada en vigor de este sistema también puede tener cierta repercusión en la protección del medio ambiente ya que el Gobierno calcula que en los próximos años se eliminarán progresivamente los más de cuatro millones de fotocopias que se realizan cada año por trámites administración.