Si el suyo nos tiene que gestionar una Zona de Bajas Emisiones (ZBE) y necesita acceder a los datos de vehículos de la Dirección General de...
Si el suyo nos tiene que gestionar una Zona de Bajas Emisiones (ZBE) y necesita acceder a los datos de vehículos de la Dirección General de Tráfico (DGT) a través de Via Oberta, es importante que antes compruebe que cumpla los requisitos establecidos por la DGT.
En este caso, es necesario completar previamente el procedimiento de autorización que exige la Instrucción MOV 2023/20 que recopila una serie de recomendaciones para el establecimiento de moratorias, exenciones y autorizaciones al acceso de vehículos a las ZBE.
Ante todo, qué entes locales están obligados a implantar una ZBE
De acuerdo con la normativa vigente, deben implantar una Zona de Bajas Emisiones:
- Los municipios de más de 50.000 habitantes.
- Los municipios de más de 20.000 habitantes que superen los valores límite de calidad del aire.
- Los territorios insulares.
Estos deben comunicarnos determinada información a la DGT para que pueda ser compartida con los diferentes agentes del ecosistema de la movilidad.
Qué comprueba la DGT
La Instrucción MOV 2023/20 establece que las entidades locales que desarrollen e implementen una ZBE deben disponer de una autorización previa de la DGT para acceder al fichero con los datos del Registro Nacional de Vehículos y Conductores, que es el que se consulta a través de Via Oberta.
En este sentido, para obtener esta autorización, el ente local debe enviar una solicitud al correo electrónico movilidad.vehiculos@dgt.es con la siguiente documentación que relaciona la Instrucción:
- Acta de establecimiento de la ZBE firmada digitalmente o certificado del acta firmado digitalmente por la alcaldía o secretaría municipal.
- Fecha prevista de entrada en funcionamiento efectiva de la ZBE.
- CIF de la entidad local.
- Descripción detallada del perímetro de la ZBE, días y horarios de aplicación, tipología de vehículos autorizados, criterios ambientales, posibles restricciones, otras UVAR vigentes y exenciones aplicables.
- Evidencia de haber iniciado los trabajos de integración con DGT 3.0, de acuerdo con el procedimiento establecido por la DGT. Esta evidencia se acredita aportando el correo de solicitud enviado a la dirección soporte@cmobility30.es.
Una vez la DGT valida esta documentación y autoriza el acceso, la entidad local puede solicitar, en el caso de Via Oberta, el procedimiento estandarizado para la gestión de la ZBE.
En resumen
Si el suyo nos está trabajando en la implantación o gestión de una Zona de Bajas Emisiones y necesita consumir datos de la DGT, le recomendamos que, antes de iniciar cualquier petición en Via Oberta, verifique que dispone de la autorización prevista en la Instrucción MOV 2023/20 y que ha enviado toda la documentación requerida en movilidad.vehiculos@dgt.es.
Esta actuación previa le permitirá evitar requerimientos, agilizar la validación de la petición y reducir los plazos de acceso a los servicios necesarios para la gestión de la ZBE.