Cómo hacer un buen uso de Via Oberta (XII): Qué es necesario saber antes de pedir los datos de la DGT para procedimientos sancionadores

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Si uno nos necesita consultar mediante Via Oberta los datos que la Dirección General de Tráfico (DGT, en lo sucesivo) pone a disposición para procedimientos sancionadores, es importante tener en cuenta que la autorización de los servicios depende de una verificación previa que hace la DGT; esto es, comprueba que el ente cumple con los requisitos exigidos para este tipo de consultas.

¿Qué comprueba la DGT?

Cuando recibe una solicitud de acceso, la DGT verifica, entre otros aspectos, que el ente lleva a cabo la obligación de comunicar las sanciones y, en su caso, la detracción de puntos derivadas de los procedimientos sancionadores de tráfico que tramita. Esto se hace mediante el sistema SIPP (Sistema de Información de Permiso por Puntos), cuya aplicación a través de la cual los entes con potestad sancionadora comunican a la DGT las sanciones firmes y la información relativa a la detracción de puntos.

Hay que tener en cuenta que actualmente ya no es necesario presentar el documento de compromiso que se pedía para acceder a estas modalidades.

¿Y si el ente no está integrado en SIPP?

Durante esta verificación, la DGT comprueba si el ente está integrado en el sistema SIPP. Si detecta que esta integración es necesaria, indicará al ente que se ponga en contacto con la Jefatura Provincial de Tráfico, que revisará el caso concreto y, en su caso, coordinará la integración con la Gerencia de Informática de la DGT.

Una vez verificados los requisitos o finalizada la integración, la DGT podrá autorizar el acceso a los servicios necesarios para procedimientos sancionadores, siempre y cuando la petición de consumo esté justificada.

Una recomendación para ahorrar tiempo

No existe un registro público que permita saber cuáles nos están integrados en SIPP. Por eso, en la tramitación ordinaria es la propia DGT quien determina si es necesaria esta integración.

Ahora bien, si el suyo nos sabe a ciencia cierta que todavía no está integrado en SIPP, es recomendable contactar directamente con la Jefatura Provincial de Tráfico antes de la solicitud del servicio. De esta forma se puede avanzar la revisión del caso y reducir los plazos de tramitación.

Para ello, puede dirigirse al correo electrónico sanciones.jptb@dgt.es, desde donde valorarán su situación y gestionarán, si procede, la petición con la Gerencia de Informática de la DGT.

Con esta actuación previa, en los casos en que sea necesaria, pueden evitarse requerimientos en la autorización del servicio.

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