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Recientemente se ha aprobado el Decreto 30/2015, de 3 de marzo, por el que se aprueba el catálogo de actividades y centros obligados a adoptar medidas de autoprotección y se fija el contenido de estas medidas (publicado en el DOGC núm. 6824, de 5 de marzo de 2015). Este nuevo decreto actualiza el Decreto 82/2010, de 29 de junio, y ha entrado en vigor al cabo de un mes de su publicación en el DOGC (fecha en la que el Decreto 82/2010 ha quedado derogado). La modificación responde a la necesidad, a partir de la experiencia adquirida, de mejorar y simplificar la tramitación y registro de los planes de autoprotección (PAU) haciendo especial incidencia en las actividades cuya afectación incide especialmente en el mundo local.
A partir de la entrada en vigor del Decreto 30/2015, los ayuntamientos recibirán las notificaciones de los diferentes eventos relativos a los Planes de Autoprotección que afecten a su municipio en su registro de E/S. Esta notificación la genera de forma automática el sistema de información que da soporte a la gestión de los PAU, llamado HERMES, haciendo un asiento en el registro electrónico del ayuntamiento que corresponda, utilizando la plataforma EACAT.
En caso de que se requiera una acción por parte del ayuntamiento, ésta se podrá realizar utilizando el propio HERMES, al que se accede mediante un certificado personal de firma reconocida que acredite al usuario como personal de la Administración Pública.
El formato del asunto de los asentamientos que genera HERMES en el registro electrónico de los entes locales es del tipo: “Plataforma Hermes: XXXXXX", Donde XXXXXX indica la acción concreta que afecta al PAU.
Los ayuntamientos para tramitar con HERMES deben dar de alta, a dicha aplicación, a las personas que crean pertinentes como “Gestores de ayuntamiento“. Para ello es necesario enviar los datos a la siguiente dirección: protecciocivil@gencat.cat. Si su ayuntamiento ha cambiado las personas que tenían dadas de alta en HERMES, es necesario que pasen los datos de las personas que deben darse de alta en la aplicación y las personas que deben darse de baja.
Ante cualquier duda o dificultad en la elaboración de los planes de autoprotección o, en su tramitación, puede contar con el apoyo y la experiencia del personal de la Dirección General de Protección Civil y sus servicios territoriales.