- Factura electrónica
Errores frecuentes en la firma de facturas electrónicas y posibles soluciones
El Decreto 3/2013, de 24 de enero, vigente desde el 31 de enero de 2013, crea la Plataforma de Facturación Electrónica de la Administración de Castilla y León, regulando su régimen jurídico y las condiciones técnicas uniformes en su expedición y envío de facturas electrónicas.
La Orden HAC/142/2013 desarrolla la inscripción en el Registro de la Plataforma de Facturación Electrónica haciendo distinción entre las inscripciones obligatorias, previstas en el artículo 4 del Decreto 3/2013, de 24 de enero, de los empresarios y profesionales adjudicatarios de los contratos y que deberá practicarlas el correspondiente órgano de contratación, de las inscripciones voluntarias en las que deberá aportarse la documentación acreditativa de la personalidad y de capacidad de obrar.
La Orden diferencia entre el representante como persona física inscrita en el asiento de inscripción, que deberá acreditar documentalmente su facultad de representar a la persona jurídica o, en su caso, a la persona física, ya los usuarios de la Plataforma, que bajo la responsabilidad del representante se anotarán en el Registro y estarán facultados para enviar facturas electrónicas a través de la Plataforma. También se establecen los servicios que en cualquier caso se presentarán a través de la Plataforma, la cancelación de las inscripciones, entre otros y en cuanto al formato de las facturas, la Plataforma de Facturación Electrónica asegurará la convertibilidad y compatibilidad del formato establecido y de sus evolutivos.