El pasado 27 de enero de 2026, el Consejo de Ministros aprobó la tramitación urgente del Real Decreto que modifica el RD 1155/2024 y abre dos vías extraordinarias de regularización para personas extranjeraseres residentes en el Estado. El plazo para presentar solicitudes se inicia el 16 de abril de 2026 (telemáticamente) y finaliza el 30 de junio de 2026.
La Diputación de Barcelona ha publicado una nota técnica muy útil que orienta a los equipos profesionales municipales sobre el procedimiento, los requisitos y el papel de los ayuntamientos, especialmente en la emisión de los informes de vulnerabilidad y como fuente de prueba de la permanencia mediante el padrón municipal. Recomendamos su lectura a todos los entes locales.
Desde la AOC queremos aportar dos mensajes complementarios que pueden facilitar mucho este proceso, tanto para los profesionales que intervienen como para las personas solicitantes.
Documentos acreditativos que se pueden obtener por Internet
Algunos de los documentos requeridos pueden obtenerse ágilmente por Internet.
Para acreditar el tiempo de residencia (5 meses)
El volante del padrón de habitantes individual incluye la fecha inicial de empadronamiento y es vàlid como prueba. Hay ayuntamientos catalanes que permiten obtenerlo por internet con idCAT Móvil, Cl@ve y certificado digital. Es necesario consultar la sede electrónica de cada ayuntamiento.
En cuanto a los volantes de convivencia con el detalle de los convivientes no se pueden obtener, a todos los efectos, telemáticamente por motivos de protección de datos, y requieren tramitación presencial.
Para acreditar la actividad laboral por cuenta ajena
El Informe de la vida laboral puede descargarse desde la sede electrónica de la Seguridad Social (Importass), con Cl@ve, certificado digital o vía SMS.
Por acreditar la falta de antecedentes penales en el Estado español
El Certificado de antecedentes penales podrá obtenerse telemáticamente desde la sede electrónica del Ministerio de Justicia. Sin embargo, recordamos que la propia normativa prevé que se pedirá de oficio en el Registro Central de Penados, por lo que no sería necesario que la persona lo presente.
Firma de volantes e informe de vulnerabilidad con sello electrónico
Para facilitar la automatización, los informes de vulnerabilidad y los volantes del padrón individuales que generan los ayuntamientos pueden firmarse con un sello electrónico de órgano de la entidad, en lugar de utilizar el certificado digital personal del técnico o técnica que los emite.
El derecho a no aportar documentos que ya tiene la Administración
Conviene recordar un principio básico recogido en la Ley 39/2015: las personas interesdas tienen derecho a no aportar documentos que ya se encuentren en poder de cualquier administración pública. La propia nota técnica de la Diputación de Barcelona lo remarca explícitamente en cada apartado de documentación.
Esto no evita que, por desgracia, en la práctica el ciudadano se vea obligado a veces a ir a buscar e imprimir certificados que las administraciones ya pueden consultar entre sí vía interoperabilidad.