La nueva APP Firmador Nativa Multiusuario ya está disponible
Ponemos a disposición de todos nuestros clientes la nueva APP Firmador Nativa Multiusuario, la versión de la aplicación Nativa del Firmador pensada para entornos Windows compartidos...
Recientemente, la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha dictado una resolución sancionadora contra la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (exp. EXP202406805) que vuelve a poner el foco sobre una cuestión recurrente: ¿es correcto que el DNI de los empleados públicos aparezca en las firmas electrónicas y documentos firmados?
A continuación, explicamos las claves jurídicas y el impacto práctico de esta resolución, así como la situación actual de los certificados digitales como las T-CAT.
La resolución analiza si es conforme con el RGPD que, en documentos firmados electrónicamente por funcionarios, se muestren datos como el nombre, apellidos y DNI del firmante, accesibles a terceros.
Según la AEPD:
Se vulneran potencialmente:
Por este motivo, la AEPD concluye que sería necesario evitar la inclusión del DNI en la información visible de los documentos firmados, apostando por mecanismos de identificación menos intrusivos.
La AEPD ya se había pronunciado en la misma línea en el Informe 0088/2020, donde afirmaba que:
Habría que adaptar la normativa e impulsar alternativas como:
Es decir, la propia AEPD apunta que la solución pasa por una modificación normativa del sistema de certificación digital.
En el caso de Castilla-La Mancha, la AEPD declara infracción, pero no impone sanción (al tratarse de una administración pública).
En cambio, le requiere:
Aquí se encuentra el punto clave: existe un conflicto entre normativa de protección de datos y normativa de certificación digital.
Por eso, los prestamistas como la AOC no pueden modificar unilateralmente el contenido de los certificados sin incumplir la normativa vigente. La propia AEPD admite que la solución requiere una modificación legislativa, no una decisión técnica de los prestamistas.
Aunque la normativa prevé certificados con identificadores profesionales o seudónimos, éstos:
Mientras no se modifique la normativa, las administraciones pueden aplicar medidas para reducir la visibilidad del DNI:
1. No mostrar el DNI en la imagen de firma
Los programas de firma permiten configurar qué datos se visualizan. Esto no elimina el DNI del certificado, pero evita que aparezca de forma visible en el documento. Consulta cómo evitar el dni de la imagen de la firma
2. Generar copias electrónicas auténticas
Permiten:
Estas copias tendrán validez jurídica si se acompañan del sello de la organización. Consulta cómo generar una còpia auténtica y esconder el DNI de la imagen y propiedades visibles:
3. Utilizar otros mecanismos
Como por ejemplo sellos electrónicos y códigos seguros de verificación (CSV)