Tal y como se adelantó al
anterior publicación, para dar cumplimiento a los plazos establecidos en la normativa que regula el envío de datos contractuales al Registro Público de Contratos, es necesario que antes del
29 de febrero de 2024, se informen en el Registro Público de Contratos los datos de los contratos correspondientes al ejercicio 2023. En este sentido, deberán revisarse por parte de los órganos de contratación, antes de esa fecha, los contratos en estado “organismo contratante” o “contrato devuelto” con el objetivo de realizar el envío lo antes posible. Le recordamos asimismo la obligación de uso de este servicio, también para informar, en su caso, las situaciones contractuales (modificaciones, prórrogas y liquidaciones) relativas a los contratos ya remitidos.
Para facilitar esta tarea le recordamos el contenido específico de soporte para realizar estas acciones:
Ponemos, asimismo, a su disposición el
Portal de Apoyo del Registro Público de Contratos.