- Notificación electrónica
Notificaciones administrativas multicanal: en papel y en electrónico
e-NOTUM equipara su funcionamiento en relación con las personas físicas y jurídicas, permitiendo la creación de notificaciones sin datos de contacto, cuando se trate de sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones públicas.
De esta forma, en el caso de las personas jurídicas siempre se pueden crear notificaciones sin informar de datos de contacto y, en el caso de las personas físicas, cuando se indique que están sujetas a relacionarse electrónicamente con las administraciones públicas. Esta funcionalidad estaba disponible vía integración desde julio de 2023 y ahora ya será posible, también, vía pantallas EACAT, a partir del próximo 15 de mayo.
De conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, las personas físicas podrán elegir en todo momento si se comunican con las administraciones públicas para el ejercicio de los suyos derechos y obligaciones a través de medios electrónicos o no, pero existen ciertos colectivos de personas físicas que están obligadas a relacionarse con ellos en electrónico.
Son aquellas personas físicas que:
Dejando a un lado este último colectivo que no aplican como destinatarios de notificaciones electrónicas vía e-NOTUM en virtud de su condición de empleado, e-NOTUM permite el envío de notificaciones sin datos de contacto a las personas físicas que se consideren sujetos obligados a relacionarse con las administraciones por vía electrónica, indicando este atributo, ya sea vía integración (consultar la documentación) o bien, vía pantallas EACAT (consultar FAQ informativa).