El servicio para las comunicaciones de quema (del 16 de octubre al 14 de marzo) está activado para los entes locales

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Desde el pasado 16 de octubre permanece abierto el período de comunicaciones de quema, según establece la normativa de prevención de incendios forestales en vigor en el territorio de Cataluña.

La normativa de medidas de prevención de incendios forestales (art. 1) establece que todas las personas que tengan previsto encender fuego en los terrenos forestales de Cataluña, definidos en el artículo 2 de la Ley 6/1988, de 30 de marzo, forestal de Cataluña y en la franja de 500 metros que les rodea durante el período comprendido entre el 16 de octubre y el 14 de marzo, deberán comunicarlo previamente.

Con este servicio, los entes locales pueden realizar el trámite de las comunicaciones de quema para la quema de restos vegetales, fuegos recreos y otras actividades de los particulares y empresas en el Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural. Los entes locales entregarán el documento de la comunicación de crema o el fuego de recreo al interessatado, quien deberá tener el documento en el momento de la actividad comunicada.

La normativa estatal publicada el año 2022 impone nuevas restricciones a la actividad de las cremas de restos vegetales. La Ley de residuos y suelos contaminados limita quien puede realizar cremas de restos agrícolas. Sólo las pueden realizar las pequeñas o microexplotaciones agrarias (las que no lo sean deben tratar los restos vegetales como residuos). Por otra parte, la nueva normativa establece la prohibición de realizar cualquier quema cuando esté previsto en el mapa diario de peligro de incendio forestal, con niveles de peligro muy alto o extremo.

Los destinatarios de este servicio, según la tipología de la quema son:

  • Pequeñas y microexplotaciones agrarias que quieran realizar una quema de restos vegetales.
  • Particulares y empresas que deseen realizar un fuego de recreo.
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