- Notificación electrónica
Notificaciones administrativas multicanal: en papel y en electrónico
e-NOTUM equipara su funcionamiento en relación con las personas físicas y jurídicas, permitiendo la creación de notificaciones sin datos de contacto (en el caso de las personas jurídicas siempre, en el caso de las personas físicas cuando se indique que están sujetas a relacionarse electrónicamente con las administraciones)
De conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, las personas físicas podrán elegir en todo momento si se comunican con las administraciones públicas para el ejercicio de los suyos derechos y obligaciones a través de medios electrónicos o no, pero existen ciertos colectivos de personas físicas que están obligadas a relacionarse con ellos en electrónico.
Son aquellas personas físicas que:
Dejando a un lado este último colectivo, que no aplican como destinatarios de notificaciones electrónicas vía e-NOTUM en virtud de su condición de empleado, e-NOTUM permite el envío de notificaciones sin datos de contacto a las personas físicas que se consideren sujetos obligados a relacionarse con las administraciones por vía electrónica, indicando este atributo.
Esta nueva funcionalidad por el momento sólo está disponible vía integración y próximamente lo estará vía pantallas EACAT (31 julio 2023). Puede consultar la documentación.