En noviembre de 2020 anunciábamos el cambio de las solicitudes de alta en Via Oberta por tipo de procedimiento.
Durante 2021 se han resuelto favorablemente más de 1.000 solicitudes de alta en las diferentes consultas que ofrece Via Oberta, y esperamos que durante 2022 siga creciendo el consumo de datos interoperables. Para facilitar la solicitud de nuevos datos, a continuación le recordamos qué hay que tener en cuenta a la hora de rellenar el formulario de solicitud de Via Oberta.
Para los datos provenientes de la Administración General del Estado que requieren autorización a través de la PID, es necesario escoger un código de procedimiento; una vez escogido, éste será el código a seleccionar para todos los datos que consulte en el formulario. No se pueden seleccionar distintos códigos para un mismo procedimiento.
También es requisito para los datos que se solicitan en la AGE, la publicación, aportación o traducción al castellano tanto de la normativa aplicable como del formulario donde se informa de la consulta de los datos y se garantiza la oposición o se recoge el consentimiento del interesado. Así pues, para evitar requerimientos de documentación en la autorización de consulta de datos de la AGE recomendamos aportar de entrada la traducción de la normativa y el formulario.
En cuanto a la normativa, es necesario tener en cuenta la política actual de los emisores de no aceptar normativa genérica que no establezca expresamente el dato a consultar; por tanto, se debe indicar la norma específica que regula el procedimiento concreto en el que se requiere la obtención del dato o documento que se pretende consultar.
En cuanto al consentimiento, encontrarás una explicación detallada sobre los tipos de consentimiento y cuál debe escogerse en cada caso en el documento que contiene el paso a paso para rellenar el formulario de solicitud de autorización por tipo de procedimiento en los servicios de Via Oberta (página 14).