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Corte de servicio 5 – 8 abril: acciones previstas en relación con los servicios afectados por cómputo de plazos
Cuando se actúa en representación de un interesado mediante un certificado digital calificado de representante, puede surgir la duda sobre si es necesario inscribir en REPRESENTA la representación que consta en el certificado. La respuesta es que no es necesario inscribir esta representación, ya que el mero hecho de disponer del certificado ya acredita por sí mismo la relación de representación entre ambas personas.
Por este motivo, cuando se intenta inscribir una representación en el REPRESENTA con uno de este tipo de certificado que ya incluye el NIF del representante( persona física) y del representado (persona jurídica), la plataforma devuelve un aviso indicando que no es posible la inscripción de esta combinación de NIFs. Encontrará la explicación en detalle en la FAQ Hay que inscribir las representaciones cuando se utiliza un certificado de representante? Disponible en Portal de Apoyo de Representa.