- Notificación electrónica
El nuevo portal de ciudadanía e-NOTUM permite la adaptación de la interfaz a los colores corporativos del ente
A nivel de la AEAT existen los "días de cortesía", por los que el interesado señala un período de 30 días durante el cual no se le practican notificaciones; pero esto sólo aplica para las notificaciones en el ámbito de la AEAT. Está regulado en una norma específica (el RD 1363/2010, de 29 de octubre), y no existe un equivalente a la normativa de procedimiento administrativo común de las Administraciones públicas.
e-NOTUM no da cobertura a los procedimientos tributarios de la AEAT, es transparente para los destinatarios de las notificaciones y no tendría sentido permitirlo desde el servicio porque no tenemos interacción con los interesados (si no recogemos su consentimiento para la práctica de notificaciones electrónicas, tampoco consultemos sobre los días de cortesía).
En este sentido, si un ente considera que puede instaurar los días de cortesía en el ámbito de sus procedimientos, lo que debería hacer es recoger el consentimiento del interesado por su parte y, en tal caso, abstenerse de practicar la notificación en los días indicados.