En la consulta de los datos del certificado de renta 2020 se ha detectado una elevada respuesta del resultado "titular no identificado", que nos ha llevado a contrastar esta situación con la AEAT.
La administración tributaria nos ha confirmado que la respuesta "Titular no identificado" se produce por dos causas diferentes:
- Falta de correspondencia entre los datos del DNI y NIE con los nombres y apellidos del titular consultado (la causa más frecuente): Para validar la identificación del titular y devolver sus datos tributarios, la AEAT tiene establecido un filtro o “Umbral de semejanza requerido” que valida la correspondencia entre los datos de DNI y NIE + nombres y apellidos consultados , y las que constan en su base de datos, que puede comportar las siguientes situaciones:
- Que se supere este umbral, al no existir discrepancia entre los datos introducidos, o que éste sea tanto menor (pequeñas diferencias o errores tipográficos…) que igualmente puedan superarlo, produciendo una correcta identificación del titular y el retorno de sus datos tributarios .
- Que no se supere este umbral por la existencia de una discrepancia entre los datos introducidos, que implique una falta de validación de la identificación del titular consultado y el retorno del mensaje de “Titular no identificado”.
- Se ha comprobado que este umbral requerido es mucho más estricto en el caso de los NIEs.
- Los titulares consultados no figuran en el censo de la AEAT: La segunda casuística que puede comportar este resultado de “Titular no identificado” es que la persona consultada no figure en el censo de la AEAT. Los casos más significativos son los de las personas que se han realizado la documentación recientemente (DNI y NIE) y todavía no se han incorporado en el censo de la AEAT.
¿Cómo reducir esta casuística?
- En el primer caso, “datos incongruentes o que no superen el umbral de semejanza requerido”:
- Teniendo en cuenta que para la AEAT los datos correctos son los que figuran exactamente en el DNI/NIE, compruebe que en la consulta se ha introducido correctamente el NIF o NIE y el nombre y apellidos del titular a consultar con:
- los datos que figuran en su documento identificador, o
- si se cuenta con la autorización del titular, mediante consulta a la Dirección General de Policía (DGP).
- En caso de confirmar la discrepancia entre los datos consignados y los resultantes de la comprobación, será necesario realizar una consulta posterior del certificado de renta con los datos correctos, derivados de la validación de su DNI/NIE o consulta en la DGP.
- En el segundo caso, "no figurar en el censo tribuario":
- La AEAT nos informa de que regularmente se realizan procesos de actualizaciones del censo AEAT, con altas automáticas en base a la información suministrada por el Ministerio del Interior, para la incorporación de titulares de nuevos documentos de identidad expedidos por DGP, o bien por la actualización del censo cada vez que reciben una presentación de una declaración o una consulta sobre un DNI/NIE no incluido en el censo, previa confrontación con la DGP.
- Por este motivo es recomendable, que si recibe una respuesta de “No Identificado” y tiene la certeza de que los datos identificativos son correctos, repita la consulta pasado un tiempo prudencial para ver si el censo se ha actualizado.