- Administración abierta
La IA generativa: de la euforia a la realidad (también en la Administración Pública)
Cualquier entidad que quiera gestionar o ejecutar los Fondos Next Generation de la UE, que llegarán mediante el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), deberá disponer de un Plan de medidas antifraude, que le permita garantizar que los fondos han utilizado de acuerdo con la normativa aplicable en lo que se refiere a la prevención, la detección y la corrección del fraude, la corrupción y los conflictos de interés.
Este mandato de la Unión Europea ha sido desarrollado por la orden ministerial 1030/2021 de Hacienda y Función Pública que ha fijado unos requerimientos mínimos para estos planes. Concretamente, el artículo 6 especifica que toda entidad, decisora o ejecutora, que participe en la ejecución de las medidas del PRTR debe disponer de sistemas de refuerzo de mecanismos para la prevención, la detección y la corrección del fraude, la corrupción y los conflictos de intereses. Se impone que, en particular, se apruebe un Plan de Medidas Antifraude por la entidad decisora o ejecutora, en un plazo inferior a 90 días desde la entrada en vigor de esta Orden ( publicación 30 de septiembre) o, en su caso, desde que se tenga conocimiento de la participación en la ejecución del PRTR.
Hacemos una recopilación de algunos recursos que pueden ser de interés para la implantación de Planes de Medidas Antifraude para los fondos europeos.
Análisis de la Orden 1030/2021. Obligación de aprobación de páginas de medidas antifraude
Webinario "La elaboración de un Plan de medidas antifraude"
Guía para elaborar 'Planes de medidas antifraude' (PMA)
#XATMunicipalista: Propuesta de medidas antifraude por los fondos Next Generation de Planes de Integridad