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Para que puedas hacerte una idea más clara y fundamentada de los conceptos del buzón ético, desde la AOC hemos creado un recopilatorio de diez ideas clave que te ayudarán a entender mejor lo que es y qué necesidad tiene el mundo local de disponer del servicio:
1) Nomenclatura: El buzón ético también recibe el nombre de canal de denuncia o alerta interna. Estos breves matices de diferencia radican en la disposición del canal de forma más ancha o circunscrita concretamente a la aplicación de la Directiva.
2) Directiva (UE) 2019/1937: La Directiva, de protección de personas alertadoras, se publicó en 2019. Esta iniciativa normativa europea establece unas normas mínimas comunes para proteger a las personas que denuncien determinadas infracciones del Derecho de la Unión. En este sentido, puso de manifiesto el papel clave que desempeñan las personas alertadoras para prevenir y descubrir infracciones, casos de fraude y corrupción y otras conductas que lesionan gravemente el interés público.
3) El plazo de transposición: aunque los Estados miembros deberían transponerlo a más tardar el 17 de diciembre de 2021, de momento, no se prevé que sea así dentro del plazo para la misma. Ahora mismo no está claro si la directiva es de aplicación directo. La directiva es de aplicación en todos los entes del sector público. Sin embargo, la directiva permite, vía transposición, eximir de la obligación a los ayuntamientos de menos de 10.000 habitantes o entidades públicas de menos de 50 personas trabajadoras.
4) Régimen interno: Es un canal interno diseñado para recibir denuncias presentadas por los propios trabajadores del ente local o bien por personas que se relacionen con el mismo en el ámbito laboral, o por terceros vinculados contractualmente con el ente local; con el objetivo de poner de manifiesto (alertar) sobre conductas cometidas en el seno del correspondiente ente local. Como mínimo, se podrá denunciar las infracciones a que se refiere la Directiva cometidas en el seno del ente local. Aquellos buzones de denuncia o canales que tengan un ámbito de aplicación diferente, si no reúnen la totalidad de los requisitos y garantías exigidos por la Directiva, será necesario que lo indiquen de forma expresa y comprensible de forma que no puedan inducir a confusión.
5) Diseño desde la óptica jurídica: El canal debe diseñarse, establecerse y gestionarse de una forma segura que garantice la confidencialidad de la identidad de la persona denunciante y también de cualquier tercero mencionado en la denuncia. También, que impida el acceso a la denuncia a personal no autorizado. Por último, el tratamiento de datos personales debe realizarse de acuerdo con la normativa de aplicación, y específicamente el Reglamento General de Protección de Datos.
6) Información sobre el canal: disponer de una información clara, completa y adecuada puede contribuir a promover la comunicación de información mediante canales de denuncia interna.
7) Externalización del Servicio: La Directiva dispone que los canales internos de alertas se pueden gestionar internamente, o puede proporcionarlos un tercero. Ponemos énfasis en que en caso de que la gestión sea interna se deberá designar a una persona o departamento imparcial que sea competente para seguir las denuncias. Se podría determinar que las denuncias debieran presentarse por escrito o verbalmente, o de ambas formas.
8) Fondos europeos Next Generation: plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. También hay que tener presente, que el orden HFP/1030/2021 obliga a toda entidad, decisora o ejecutora, que participe en la ejecución de medidas del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), a disponer de un “Plan de medidas antifraude” que prevea la existencia de medidas de detección ( anexo II.B.5). Es en este marco el Buzón Ético es una de las medidas propuestas (no obligatorias) dentro de las políticas de integridad pública.
9) La historia catalana de los Buzones Éticos: Gracias al impulso que el Ayuntamiento de Barcelona en colaboración con Xnet han hecho por los buzones éticos, el territorio tiene buenos ejemplos de gobiernos que han dispuesto de canales seguros de participación electrónica. Algunos de ellos son: el propio Ayuntamiento de Barcelona, el Ayuntamiento de Lleida, el Ayuntamiento de Mollet del Vallès, el Ayuntamiento de Terrassa o la Generalitat de Catalunya.
10) Fase de pilotaje y futuro despliegue: Actualmente, el servicio de Buzón Ético que prestará el Consorci AOC se encuentra en fase de pilotaje desde el último trimestre de 2021 y tiene el objetivo de desplegarlo durante 2022 en el resto de los entes de Cataluña que lo soliciten.
Por último, aparte de la Guía rápida de la Directiva que la Oficina Antifraude de Cataluña elaboró, te recomendamos la lectura de la página web dedicada al Buzón Ético que ha creado la Diputació de Barcelona. Podrás encontrar esta y otra información y también otros materiales de apoyo muy interesantes.
Dentro del Congreso de Gobierno Digita 2021, se llevó a cabo la mesa redonda “Planes de integridad en la administración local“, a cargo de Lluís Corominas, director de la Fundación Transparencia y Buen Gobierno Local y jefe del Área de Contenidos de la ACM, y de Pilar de Diego, Jefe delOficina de la Secretaría General de la Universidad Pompeu Fabra.
La ACM, mediante la Fundación Transparencia y Buen Gobierno Local, trabaja en un proyecto para que los entes locales incorporen, como sello de calidad democrática, los planes de integridad como base de una futura compliance en el sector público que, además del cumplimiento normativo, sea una verdadera muestra de compromiso con una cultura de integridad y probidad institucional.
La Universidad Pompeu Fabra ha realizado una revisión exhaustiva del Código ético de la Universidad dotándolo de mecanismos de seguimiento y revisión específicos y formales. Por un lado, se ha creado la Comisión de Integridad para la interpretación y actualización permanente y la aplicación de los principios éticos consagrados al Código. Y por otra parte, se ha creado un buzón electrónico (“Línea ética”), abierto para consultas o alertas de posibles incumplimientos de los principios del Código Ético
2) Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
4) Explicación exhaustiva en la página dedicada al Buzón Ético, Diputación de Barcelona.
6) Mesa redonda del Congreso de Gobierno Digital 2021: link al vídeo de la sesión “Planes de integridad y buzón ético: herramientas para luchar contra la corrupción”.
7) Entrada anterior sobre el Buzón Ético en el Blog de la AOC