Los ayuntamientos de municipios de hasta 20.000 habitantes, los consejos comarcales y las entidades municipales descentralizadas ya pueden solicitar el recurso económico “Soluciones de administración digital“,...

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Las disposiciones aprobadas en los últimos días para paliar los efectos de la crisis sanitaria incluyen medidas urgentes en materia de contratación pública. Es probable que se hayan generado algunas dudas relativas a la correcta aplicación de estas previsiones, ya que la casuística que contemplan es compleja:
- ¿Es aplicable de la interrupción de los plazos administrativos en los expedientes de contratación?
- ¿Cuáles son los efectos jurídicos asociados a la suspensión de los expedientes de obras, servicios y suministros de sucesiva prestación, cuya continuidad sea imposible debido al COVID-19?
- ¿Pueden ampliarse los plazos o prorrogarse los contratos que no sean de sucesiva prestación?
- ¿En qué casos es necesario indemnizar a los contratistas? ¿Cómo?
- ¿Cuándo debe recurrirse a la tramitación de emergencia?
Por si le ayudan a responder estas y otras cuestiones relacionadas con la contratación pública durante el estado de alarma, la AOC hace una recopilación de algunas de las Instrucciones y Notas de las que ha tenido conocimiento:
- Nota sobre la tramitación de los procedimientos de contratación y la suspensión de los contratos vigentes durante el estado de alarma (elaborada por LOCALRET).
- Informe sobre los efectos en materia de contratación pública de las medidas normativas aprobadas para hacer frente al impacto del COVID-19 (de la Dirección General de Contratación Pública del Departamento de la Vicepresidencia y de Economía y Hacienda).
Encontrará asimismo información sobre la aplicación de estos aspectos al funcionamiento técnico de la Plataforma de Servicios de Contratación Pública a través de este enlace.