- Tramitación entre administraciones
Abierta la convocatoria de la X edición del Premio Dona TIC
De acuerdo con el artículo 3.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, las administraciones públicas deben relacionarse entre sí y con sus órganos, organismos y entidades vinculadas o dependientes a través de medios electrónicos, que aseguren la Interoperabilidad y la seguridad de los sistemas y soluciones adoptadas por cada una de ellas; deben garantizar la protección de los datos de carácter personal; y, facilitarán preferentemente la prestación conjunta de servicios a los interesados.
Por otro lado, con respecto al sector público catalán, el artículo 11.3 del Decreto 56/2009, de 7 de abril, para el impulso y el desarrollo de los medios electrónicos en la Administración de la Generalitat, relativo a las comunicaciones con administraciones, organismos e instituciones públicas, Establece que estos envíos se realizará preferentemente a través de la extranet de las administraciones públicas catalanas (EACAT), gestionada por el Consorcio Administración Abierta Electrónica de Cataluña (Consorcio AOC).
El AOC Cataluña, actúa como nodo de interoperabilidad del conjunto de las administraciones públicas catalanas, De acuerdo con lo establecido por la Ley 29/2010, de 3 de agosto, del uso de los medios electrónicos en el sector público de Cataluña, sus estatutos y tal como ha sido reconocido por el Convenio de colaboración entre el Ministerio de Administraciones Públicas y el Consorcio AOC, para la prestación mutua de soluciones básicas de administración electrónica de 25 de junio de 2015.
De acuerdo con su rol, y con el objetivo de facilitar al sector público catalán el cumplimiento de aquella obligación, pone a disposición del sector público la plataforma EACAT, Por lo se pueden realizar las comunicaciones y materializar relaciones interadministrativas electrónicas con los entes del sector público catalán.
Todos los entes adheridos a EACAT disponen del servicio "envío Genérica", Que a partir del próximo 1 de junio les permitirá comunicarse con cualquier ente del sector público catalán, Ya que quedará activado por todos los entes que hasta ahora no eran potenciales destinatarios de este envío. Recuerde que hay que hacer uso de este servicio cuando no exista oferta de ningún servicio EACAT específico por parte de la administración receptora.
Por otra parte, el Consorcio AOC ofrece e-NOTUM, servicio de notificaciones y comunicaciones electrónicas, Disponible de forma gratuita para todas las administraciones públicas catalanas, que se puede emplear para notificar actos administrativos y resoluciones tanto a ciudadanos como a empresas o personas jurídicas, Con todas las garantías jurídicas que establece la normativa vigente. este servicio también se puede utilizar cuando la administración o el ente es sujeto de derechos como persona jurídica, y puede ser sujeto de notificaciones administrativas por parte de otras administraciones (Ámbito tributario, ámbito de tráfico y seguridad vial, etc.).
Ante la obligatoriedad establecida por la legislación, desde el Consorcio AOC os invitamos a la utilización de nuestras herramientas tecnológicas, Especialmente de la envío genérica de EACAT i e-NOTUM para emitir y / o recibir notificaciones electrónicas.