- Certificación digital
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Pide el voto por correo con el idCAT Certificado
Tal y como le informamos en el post del 10 de febrero , a partir del 1 de julio de este año todos los prestadores de servicios de certificación deben dejar de emitir certificados de entidad tanto en software como en tarjeta.
El Consorcio AOC, siguiendo esta obligación y la aplicación del Reglamento (EU) 910/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de julio de 2014, relativo a la identificación electrónica en el mercado interior y por lo que se deroga la Directiva 1999 /93/CE, eliminará de su catálogo los certificados de entidad en tarjeta (CEISR) y en software (CEIXSA) el próximo 30 de junio.
Las aplicaciones que utilizan este tipo de certificados todavía están reflexionando sobre cuáles son las mejores alternativas. Ante esta indefinición nosotros le recomendamos que solicite una nueva emisión de todos aquellos certificados de entidad que le caduquen a lo largo de 2016 y durante 2017. Todos los certificados emitidos antes del 1 de julio continuarán siendo validados por las aplicaciones durante su vigencia (4 años). Puede consultar sus certificados y sus caducidades a través del apartado informes de la carpeta del suscriptor.
Por otra parte, en caso de los trámites relacionados con la Agencia Tributaria, existe la posibilidad de que con los certificados de entidad actual o bien presencialmente a través del suyo módulo de representación se pueda autorizar a personas físicas a realizar trámites en nombre de la entidad. Es decir, con la T-CAT realizar trámites que hasta ahora se hacían con el certificado de entidad.
Para cualquier cuestión al respecto puede contactar con nuestro Centro de Atención al Usuario.