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Corte de servicio 5 – 8 abril: acciones previstas en relación con los servicios afectados por cómputo de plazos
El pasado 24 de julio de 2015 se publicó la Ley 16/2015, de 21 de julio, de simplificación de la actividad administrativa de la administración de la Generalitat y de los gobiernos locales de Cataluña y de impulso de la actividad económica.
Con esta nueva Ley, en vigor desde el 13 de agosto de 2015, se regulan de forma explícita regímenes de intervención que afectan al inicio y el ejercicio de actividades económicas que hasta el momento estaban a expensas de cada ayuntamiento. Concretamente las actividades que la ley clasifica en su anexo como inocuas y de bajo riesgo, quedan sujetas a régimen de comunicación previa de apertura i declaración responsable de apertura, y en algunos de los casos se exige también disponer de un informe previo en materia de incendios.
Tal y como ya se avanzó en entradas anteriores, para resolver este aspecto desde el pasado 1 de octubre desde el Consorcio AOC se ha facilitado el alta automática de estos 3 trámites en 744 ayuntamientos que disponen del e-TRAM con instancia genérica activada.
Si a estos 744 ayuntamientos añadimos los 25 que habían solicitado previamente el alta en servicio FUE Local (que ofrece hasta 17 trámites asociados a la tramitación de actividades empresariales), actualmente son 769 los ayuntamientos con soluciones de la AOC (vía e-TRAM o solución propia), que tienen a disposición de la ciudadanía los trámites electrónicos para cumplir con la Ley 16/2015 de simplificación.
¿Qué debo hacer si no dispongo de los trámites?
Los ayuntamientos que disponen de e-TRAM pero no tienen activa la instancia genérica no ha sido posible ofrecerles estos trámites por defecto. Sin embargo también pueden solicitarlos mediante el formulario de alta o modificaciones del servicio e-TRAM, o vía el servicio FUE Local, donde la oferta de trámites disponibles sobre e-TRAM aumenta hasta 17.
En cuanto a los ayuntamientos que prefieren ofrecer estos trámites a través de sus propios medios (y por tanto no utilizar el e-TRAM), tendrán que parametrizarlos y ponerlos a disposición de los ciudadanos desde su plataforma de tramitación para , a posteriori, conectarlos con Canal Empresa, mediante una integración simplificada que provee al Consorci AOC.
Por último destacar que los siguientes pasos del servicio FUE Local serán avanzar para que los ayuntamientos que disponen del e-TRAM puedan convertirse en FUE antes del 13 de febrero de 2016, tal y como determina la Ley 16/2015. Sobre este punto le mantendremos informados de la evolución de los trabajos.
Más información sobre el servicio FUE Local.