Cambios en las condiciones generales de prestación de los servicios en relación a su adaptación a los cambios de normativa

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condiciones

Con el objetivo de que los servicios del Consorcio AOC cumplan con la normativa vigente y, al mismo tiempo, agilizar su gestión se han modificado las condiciones generales de prestación de servicios para que especifique que los cambios asociados a nuevas obligaciones o modificaciones legales , o la introducción de nuevas funcionalidades y / o nuevos trámites electrónicos serán implementados automáticamente a los servicios del Consorcio AOC en función de los recursos disponibles.

Concretamente se han realizado los siguientes cambios:

"5.7. Gestión de los cambios sustanciales de las condiciones de prestación del servicio

Los cambios se comunicarán a las administraciones usuarias mediante la plataforma EACAT con una antelación mínima de 15 días. En caso de que, dentro de este plazo, el ente usuario no haya indicado su voluntad en contrario, los cambios se entenderán aceptados y serán directamente aplicables.

Sin embargo, la comunicación que dé traslado del acuerdo de modificación de las condiciones de prestación del servicio indicará la forma en que el ente usuario podrá comunicarlo por EACAT su oposición a la modificación de las condiciones de prestación del servicio. Así como de los efectos desencadenantes de esa oposición.

Los cambios que no impliquen una modificación sustancial de las condiciones de prestación de los servicios no serán comunicados individualmente, aunque las condiciones si se encontrarán publicadas permanentemente y de forma actualizada en la web del Consorcio AOC, con indicación de la fecha de la última modificación .

5.8. Adaptación de los servicios a los cambios de la normativa vigente

Con el objetivo de cumplir con la normativa vigente y agilizar la gestión de los servicios, los cambios asociados a nuevas obligaciones o modificaciones legales, o la introducción de nuevas funcionalidades y / o nuevos trámites electrónicos serán implementados automáticamente a los servicios del Consorcio AOC en función de los recursos disponibles.

Sin embargo, si las adaptaciones o la introducción de nuevas funcionalidades y/o trámites electrónicos tienen un impacto significativo, previamente a su implantación, se realizará, mediante la plataforma EACAT, y con una antelación mínima de 15 días, una comunicación a los entes usuarios donde se informará de las adaptaciones o incorporaciones adoptadas. En caso de que, dentro de este plazo, el ente usuario no haya indicado su voluntad en contra, las adaptaciones o incorporaciones de nuevas funcionalidades y/o trámites se entenderán aceptadas y serán directamente aplicables.

Sin embargo, la comunicación, que informe de las mismas, indicará:

  • La forma y el plazo en que el ente usuario podrá comunicar mediante EACAT su oposición a la adaptación o incorporación de nuevas funcionalidades y/o trámites a los servicios. Así como de los efectos de esa oposición.
  • Si procede, la forma y el plazo para solicitar, mediante EACAT, la posible realización de modificaciones o parametrizaciones del servicio, de los trámites asociados al mismo, así como de la configuración de la ficha de los trámites, de los usuarios responsables designados o del alta o baja de los mismos.

Las adaptaciones técnicas menores de los servicios, que no impliquen una afectación significativa al funcionamiento de los mismos, no serán comunicadas. "

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